Corte Suprema explica cómo se reconoce la pensión especial de periodista (4:37 p.m.)
16 de Abril de 2010
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Nota:
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La pensión especial que el ordenamiento reconoce a los periodistas requiere la cotización de 1000 semanas y 55 años de edad, sin importar el sexo, señaló la Corte Suprema de Justicia. Esta edad puede reducirse a razón de un año por cada 60 semanas cotizadas adicionales a las 1000 básicas que se acrediten, por lo que se generan varias posibilidades según la petición específica que se plasme en la demanda inicial. En otras palabras, aclaró la corte, el accionante es el que selecciona la alternativa (pensión a los 55 años o a los 54, 53, etcétera), sin que pueda ser inferior a los 50 años. Por esta razón, la Sala Laboral negó la posibilidad de que una persona que había solicitado la pensión especial en la modalidad de 50 años de edad, por contar con un mínimo de 300 semanas sobre las primeras 1000, modificara su pretensión para pensionarse a los 54 años al darse cuenta de que contaba con una cantidad menor de semanas cotizadas (M.P. Francisco Javier Ricaurte Gómez).
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