Corte Suprema explica cómo se configura la institución de la cosa juzgada (3:39 p.m.)
110579
28 de Marzo de 2019
Escucha esta noticia audio generado con IA
Conforme con lo establecido en la legislación procesal civil, una de las salas de descongestión de la Corte Suprema de Justicia recordó que para que se configure la existencia de la institución de la cosa juzgada debe haber identidad de: (i) personas o sujetos, esto es, que se trate de los mismos demandante y demandado; (ii) objeto o cosa pedida, es decir, del beneficio jurídico que se reclama y (iii) causa para pedir, que se refiere al fundamento fáctico o material que sirve de fundamento al derecho reclamado (M. P. Jimena Isabel Godoy).
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!