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Corte Suprema explica cómo funciona la presunción legal del contrato de trabajo en el sector oficial (2:42 p.m.)

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08 de Septiembre de 2010

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La presunción legal del contrato de trabajo en el sector oficial está consagrada en el artículo 20 del Decreto 2127 de 1945, señaló la Corte Suprema de Justicia. Según esta norma, cuando se demuestra el servicio personal prestado, se debe presumir y concluir la existencia de la relación laboral. A juicio del alto tribunal, esta presunción trae una ventaja probatoria para quien pretenda demostrar el contrato de trabajo, toda vez que no debe probar la subordinación. Sin embargo, como se trata de una presunción legal, puede ser desvirtuada por el presunto empleador. La corte recordó que la entrega de implementos de oficina o el uso de instalaciones no son hechos determinantes para demostrar la existencia de una relación laboral (C.P. Luis Javier Osorio López).

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