¿Convenciones colectivas que benefician a trabajadores oficiales siguen aplicandose cuando se pasa a ser empleado público? (9:17 a.m.)
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15 de Enero de 2018
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La Sección Segunda del Consejo de Estado recordó que el cambio de naturaleza del empleo conduce, necesariamente, al cambio de régimen aplicable, lo que supone la inaplicación de reconocimientos plasmados en convenciones colectivas, salvo los derechos adquiridos y las expectativas legítimas. Así las cosas, indicó que al mutar el vínculo laboral de un trabajador oficial a empleado público y, en consecuencia, pasar a conformar la planta de personal de una empresa social del Estado, por ejemplo, no es posible extender las disposiciones de derecho colectivo del trabajo y, por tanto, no resulta válido invocar la prórroga automática de la convención a la que se hace referencia en el artículo 478 del Código Sustantivo del Trabajo (C. P. Gabriel Valbuena).
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