Consejo de Estado recuerda los requisitos para aplicar el régimen pensional especial de congresistas establecido en el Decreto 1359 de 1993 (3:10 p.m.)
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03 de Septiembre de 2010
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El Consejo de Estado recordó que el régimen pensional especial para los congresistas establecido en el Decreto 1359 de 1993 se puede aplicar, luego de la entrada en vigencia de la Ley 100 de 1993 y del Decreto 1293 de 1994, siempre que se acrediten las condiciones para acceder a los beneficios del régimen de transición y se cumplan los requisitos pensionales establecidos en el Decreto 1359 para gozar de la prestación. El consejo reiteró que, además, es necesario demostrar que se ostentó la condición de congresista con posterioridad a la entrada en vigencia de la Ley 4ª de 1992 (C.P. Víctor Hernando Alvarado Ardila).
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