Colombianos que trabajen en el exterior podrán sumar cotizaciones para pensión
17 de Junio de 2021
Los colombianos que cotizan a pensión en el exterior y han realizado sus aportes al sistema de seguridad en un país iberoamericano podrán ahora acceder a pensiones de vejez, invalidez y sobrevivencia.
Así lo define el proyecto de ley aprobado en el Congreso, que adoptó el “Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social (CMISS)”, texto admitido el 10 de noviembre del 2007, en Santiago de Chile, por la XVII Cumbre Iberoamericana de jefes de Estado.
Los países firmantes del acuerdo y en los que los colombianos podrán gozar de este beneficio son: Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Chile, Ecuador, El Salvador, España, Paraguay, Perú, Portugal, República Dominicana, Uruguay y Venezuela.
“Con la implementación de esta alianza se amplían los mecanismos de protección social para los colombianos que han laborado, se encuentran laborando o se trasladan a alguno de los 15 países que firmaron este pacto, así como a los extranjeros provenientes de esos países que estén empleados en Colombia”, anotó el ministro del Trabajo, Ángel Custodio Cabrera.
De igual forma, facilita los canales de migración regular con miras a reducir la vulnerabilidad de esta población, garantizando el principio de igualdad de trato para con los nacionales de los Estados que hacen parte del convenio.
También se fortalece la formalización laboral, al generar escenarios más justos y equitativos, donde se tenga acceso a oportunidades dignas. De otra parte, permitirá afianzar las relaciones entre Colombia y los países iberoamericanos, en beneficio de sus nacionales migrantes, garantizando su protección social.
¿Una vez se implemente el convenio, qué permitirá?
i. Garantiza la igualdad de trato de los trabajadores iberoamericanos con independencia de la nacionalidad cuando trabajen en un país diferente al suyo.
ii. Admite la totalización de los periodos de cotización a pensión, acreditados en los distintos países que hacen parte del convenio, garantizándose la conservación de los derechos en curso de adquisición.
iii. Asegura la conservación de los derechos adquiridos, no perdiéndose las prestaciones por trasladarse a otro país.
iv. Permite la aplicación de las disposiciones más favorables al trabajador en el caso de que existan un convenio bilateral.
v. Establece la colaboración administrativa y técnica entre las instituciones gestoras para facilitar la aplicación de los derechos de los beneficiarios.
vi. No modifica las legislaciones de los países, las coordina para evitar la pérdida de derechos contributivos.
Según la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), Colombia es el país con mayor cantidad de emigrantes en Suramérica, ante lo cual el Ministerio de Relaciones Exteriores estima que 4,7 millones de colombianos residen actualmente en el exterior, cifra que representa el 10 % de la población total.
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