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Carga probatoria sobre deber de información en traslados pensionales corresponde a las administradoras de fondos (11:43 a.m.)

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20 de Febrero de 2020

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Un fallo de tutela de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia aclaró que a las administradoras de fondos de pensiones les corresponde demostrar dentro del proceso laboral que al momento de efectuarse el respectivo traslado le informaron al afiliado sobre las ventajas y desventajas tanto del régimen de ahorro individual como el de prima media. Así mismo, dijo que la simple firma del formulario, al igual que las afirmaciones consignadas en los formatos preimpresos en esta materia, son insuficientes para dar por demostrado el deber de información. “Esos formalismos, a lo sumo, acreditan un consentimiento sin vicios, pero no informado”, termina la providencia (M. P. Eyder Patiño Cabrera).

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