Base de cotización para salud y pensiones del contratista corresponde al 40% del valor bruto del contrato facturado en forma mensualizada (4:24 p.m.)
Openx [71](300x120)
65891
30 de Abril de 2010
Escucha esta noticia audio generado con IA
Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
De acuerdo con lo previsto en la Circular 1 del 2004 de los ministerios de Hacienda y de la Protección Social, la base de cotización para los sistemas de salud y pensiones del contratista corresponde al 40% del valor bruto del contrato facturado en forma mensualizada, porcentaje sobre el cual se calcula el monto de aporte de salud y pensiones, que es de 12.5% y 16% del ingreso base, respectivamente, que a su vez no puede exceder de 25 salarios mínimos legales mensuales ni ser inferior a un salario mínimo. Así lo recordó el Ministerio de la Protección Social, en concepto de marzo.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!