Auxilio de transporte se debe tener en cuenta para liquidar prestaciones sociales, independientemente de sanciones o incapacidades (9:50 a.m.)
12 de Mayo de 2010
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Nota:
66106
El auxilio de transporte debe ser tenido en cuenta para efectos de liquidar prestaciones sociales, independientemente de que el trabajador haya sido sancionado disciplinariamente o haya tenido algún periodo de incapacidad laboral, pues las normas que lo regulan no determinan ninguna excepción, precisó el Ministerio de la Protección Social. Para la vigencia 2010, se determinó el valor del auxilio de transporte en la suma de $61.500, para todos los trabajadores que devengan hasta dos veces el salario mínimo mensual.
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