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Así se deben interpretar las normas convencionales laborales

Al momento de determinar los destinatarios de los beneficios extralegales es necesario verificar la existencia del vínculo contractual que los legitima para hacer la correspondiente reclamación.
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24 de Diciembre de 2018

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Para interpretar las normas convencionales, como un acuerdo extralegal, se debe efectuar el respectivo estudio de cada caso en particular y concreto, y después de realizar un análisis de las cláusulas que consagren el derecho extralegal laboral invocado se debe establecer quiénes son los beneficiarios o destinatarios de la misma, puesto que esta interpretación no puede estar orientada bajo una regla general absoluta e irreflexiva.

 

Sumado a ello, el tribunal sustentó que al momento de determinar los destinatarios de los beneficios extralegales es necesario verificar la existencia del vínculo contractual que los legitima para hacer la correspondiente reclamación, lo cual tiene su razón de ser, por cuanto tales acuerdos tienen como objeto fijar las condiciones que regirán los contratos de trabajo durante su vigencia, tal y como lo prevé el artículo 467 del Código Sustantivo del Trabajo (M. P. Carlos Arturo Guarín, magistrado de descongestión).

 

Corte Suprema de Justicia Sala Laboral, Sentencia SL-52222018 (63473), Nov. 14/18.

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