Apropiaciones presupuestales para pagar medicina prepagada a los concejales no son viables (4:30 p.m.)
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22 de Junio de 2018
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La función pública es reglada y los servidores públicos deben ejercer sus funciones en la forma prevista por la Constitución, la ley y el reglamento, en ese sentido son responsables por las infracciones que cometan. Por lo tanto, precisó el Ministerio de Hacienda, no es viable jurídicamente que el concejo municipal apropie dentro de su presupuesto una partida destinada al pago colectivo de medicina prepagada para todos los concejales del municipio. De otra parte, indicó la entidad, al tenor de lo previsto en el artículo 169 de la Ley 100 de 1993, sustituido por el artículo 37 de la Ley 1438 del 2011, la medicina prepagada constituye un plan voluntario de salud que debe ser sufragado en su totalidad por el concejal y no por el municipio.
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