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Laboral


Acta de conciliación laboral debe entenderse integral si versa sobre base salarial

No es dable entender la conciliación de manera ligera y extenderla indiscriminadamente sobre aspectos sensibles de la relación laboral que las partes no incluyeron.
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27 de Abril de 2016

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Sala Edición 5 - Imagen Principal

 

La Sala Laboral de la Corte Suprema ha afirmado de manera cautelosa en sus fallos que los acuerdos de conciliación deben ser analizados en su contexto y de manera razonable.   Bajo este supuesto, no es dable entenderlos de manera ligera y extenderlos indiscriminadamente sobre aspectos sensibles de la relación laboral que las partes no incluyeron. Sin embargo, también es verdad que para los casos en los que se concilia sobre la base salarial  se pueden incluir todos los factores atenientes a la relación laboral. (Lea: Conciliación no valida terminación laboral con trabajador en estado de debilidad manifiesta)

 

El caso concreto se refiere a un trabajador que acudió a la justicia por el no reconocimiento de dinero relacionado con el bono pensional, el cual no fue expresamente conciliado en el acta.

 

En instancias previas y luego confirmado por la Corte, se determinó que el cargo era infundado, pues la conciliación en cuestión versó no sobre un derecho pensional en sí mismo, ni sobre alguna cotización al sistema de pensiones completa clara y ciertamente establecida. Igualmente, se citó el acta donde el empleado aceptaba quedar a paz y salvo en todos los aspectos con la empresa.

 

La alta corporación también recordó jurisprudencia para reiterar los alcances de la conciliación en materia laboral. Para el alto tribunal: la jurisprudencia de la Corte tiene definido que esta figura es una institución de orden público, consagrada para la prevención, terminación y, por ende, la autocomposición de controversias entre empleadores y trabajadores, con la cual se armonizan los intereses de los diferentes factores de producción que finalmente se traducen en seguridad jurídica y paz social.

 

Por ello, está investida de la autoridad de la cosa juzgada y en tal virtud solamente en casos excepcionales podría intentarse su anulación (M.P.  Rigoberto Echeverri).

 

Corte Suprema de Justicia, Sala Laboral, Sentencia  26422016 (46148), Mar. 2/16

 

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