Aclaran cuál es la jurisdicción competente para conocer las demandas de madres comunitarias contra el ICBF (12:11 p.m.)
26 de Abril de 2019
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Nota:
112213
Respecto a las demandas presentadas por ciudadanas que reclaman el reconocimiento de una relación laboral en razón al servicio prestado como madres comunitarias en el ICBF, el Consejo Superior de la Judicatura, dirimiendo un conflicto de competencias, aclaró que deben ser atendidas por el juez ordinario de la especialidad laboral, en tanto estos son los llamados a revisar los elementos alegados para la conformación de un contrato de trabajo. “Situación que a todas luces guarda estrecha relación con las normas definidas por el legislador en el Código Procesal del Trabajo”, finaliza el fallo (M. P. Julia Emma Garzón).
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