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Laboral


31 de enero del 2017, fecha límite de implementación del nuevo sistema de seguridad en el trabajo

Empresas que no cumplan serán sancionadas con multas hasta de 1.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
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03 de Febrero de 2016

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El Ministerio del Trabajo, mediante Decreto 171 del pasado 1° de febrero, amplió por un año el plazo para implementar el nuevo Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), unificando el término para todas las compañías sin tener en cuenta su tamaño.

 

Cabe recordar que el pasado 31 de enero vencía la fecha para que las empresas con menos de 10 trabajadores asumieran dicho sistema, en julio del presente año para las de 10 trabajadores y hasta 200 y en enero del 2017 para las de más de 201 trabajadores.

 

Así las cosas, en febrero del 2017 debe haber culminado la totalidad del proceso para todos los empleadores públicos y privados, los contratantes de personal bajo cualquier modalidad de contrato civil, comercial o administrativo, organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo, así como las empresas de servicios temporales.

 

Para ello corresponde a las administradoras de riesgos laborales brindar asesoría y asistencia técnica a todos sus afiliados obligados a adelantar el proceso, así como presentar informes semestrales a las direcciones territoriales sobre la labor y el grado de avance.  

 

Las empresas que no cumplan con la implementación del sistema serán sancionadas con multas hasta de 1.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes. En caso de reincidencia o incumplimiento de correctivos, se podrán suspender actividades hasta por un término de 120 días o el cierre definitivo de la compañía.

 

Pasos que se deben seguir para implementar el SG-SST:

 

1. Evaluación inicial del SG-SST

 

2. Identificación de peligros, evaluación, valoración y gestión de los riesgos

 

3. Política y objetivos de seguridad y salud en el trabajo

 

4. Plan de trabajo anual y asignación de recursos

 

5. Programa de capacitación, entrenamiento, inducción y reinducción

 

6. Prevención, preparación y respuesta ante emergencias

 

7. Reporte e investigación de incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades laborales

 

8. Criterios para adquisición de bienes y contratación de servicios

 

9. Medición y evaluación de la gestión en SST

 

10. Acciones preventivas o correctivas   

 

(Mintrabajo, Decreto 171, Feb. 01/16)

 

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