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INFOGRAFÍA: Preaviso en terminación del contrato de trabajo se debe dar con antelación de 30 días calendario

Aunque no se puede imponer sanción, busca que el empleador pueda gestionar el remplazo de quien renuncia.

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23 de Julio de 2025

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La reforma laboral (Ley 2466/25) mantiene la obligación del preaviso para que los trabajadores puedan dar por terminado el contrato de trabajo a término indefinido, con una antelación de 30 días calendario, para que el empleador pueda gestionar su remplazo y aclara que en ningún caso se podrá pactar sanción para el trabajador que lo omita. Conozca en esta #INFOGRAFÍA todos los detalles.

 

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