Indican a qué clase de riesgo profesional pertenecen las actividades comerciales que involucran medios de transporte (3:41 p.m.)
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21 de Septiembre de 2010
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Si una actividad económica no está prevista en las cinco clases de riesgos determinadas según el Decreto Ley 1295 de 1994 y el Decreto 1772 del mismo año, que contemplan las diversas opciones económicas de las empresas, el empleador y la administradora de riesgos profesionales pueden clasificarla, teniendo en cuenta el riesgo ocupacional. Para ello, definirán las materias primas, materiales o insumos que se utilicen, los medios de producción, procesos, almacenamiento y transporte, precisó el Ministerio de la Protección Social, en concepto de agosto. En el caso de consulta, señaló la entidad, las actividades económicas dedicadas al comercio que involucren medios de transporte para la distribución de sus productos se clasifican en la clase de riesgo superior a la que correspondería si fuera autotransporte.
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