Importante precisión procesal sobre el régimen pensional de docentes oficiales
24 de Septiembre de 2020
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Nota:
117485
Una providencia de la Sección Segunda del Consejo de Estado aclara que los docentes oficiales vinculados a partir de la entrada en vigencia de la Ley 812 del 2003 afiliados al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio les aplica el régimen pensional de prima media establecido en las leyes 100 de 1993 y 797 del 2003, con los requisitos previstos en dicho régimen, con excepción de la edad, que será de 57 años para hombres y mujeres. Encuentre más precisiones de esta temática en el documento adjunto a esta nota (C. P. Rafael Francisco Suárez).
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