Importante precisión para funcionarios que buscan el reconocimiento de una pensión de jubilación convencional (11:12 a.m.)
24 de Octubre de 2018
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Nota:
109030
Una sala de descongestión de la Corte Suprema de Justicia explicó recientemente que por regla general la convención colectiva de trabajo regula las relaciones de trabajo entre los trabajadores representados por el sindicato y el empleador. De ahí que, precisa la providencia, cuando el interés de las partes sea que dicho acuerdo cobije un tiempo servido a otras entidades para el reconocimiento de derechos pensionales “debe quedar expresamente dispuesto en el punto convencional”. Lo anterior en tanto ningún juez puede intentar superar la intención de las partes. Encuentre la aplicación de esta tesis jurisprudencial en el caso objeto de estudio por parte de la Corte (M. P. Jimena Isabel Godoy Fajardo).
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