Fijan requisitos que facilitan la comercialización y distribución de productos y servicios para mitigar el covid-19
03 de Julio de 2020
El Ministerio de Salud estableció los requisitos sanitarios para la fabricación, comercialización, dispensación, entrega no informada, almacenamiento y transporte de medicamentos, productos fitoterapéuticos, dispositivos médicos, equipos biomédicos y reactivos de diagnóstico in vitro, así como para autorizar la fabricación de gases medicinales en IPS y disposiciones en relación con licencias de prácticas médicas y con el servicio farmacéutico en lugares de expansión de prestaciones de servicios de salud, todo esto para prevenir, mitigar, controlar y tratar la propagación y efectos del covid-19. Las medidas transitorias fijadas tendrán como plazo de vigencia el de la emergencia sanitaria. En el documento adjunto puede consultar en detalle la norma.
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