Fijan fórmula para calcular monto que EPS y EOC deben aportar sobre los recursos de la UPC para el manejo de hemofilia (11:00 a.m.)
29 de Marzo de 2016
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Nota:
105996
"Mediante la Resolución 0975, acaban de establecer el mecanismo de cálculo que aplicará el Ministerio de Salud para definir: i) el monto que las EPS de los regímenes subsidiado y contributivo y las EOC deberán aportar, de los recursos percibidos por unidad de pago por capitación (UPC), para su redistribución y ii) la distribución de dichos recursos entre las EPS y EOC, con el fin de incentivar la gestión y los resultados en salud de la enfermedad huérfana ""déficit congénito del factor VIII"" (Hemofilia A Severa). Algunas de las variables contempladas en la fórmula son: valor per cápita del tratamiento de pacientes en profilaxis sin complicaciones con hemofilia A severa, en el grupo etario; número de afiliados activos a la aseguradora por grupo de edad; número de pacientes con hemofilia en el grupo de edad afiliados a la aseguradora; valor por cada aseguradora y valor del fondo común. Por otra parte, agrega que el valor de reconocimiento será actualizado de manera anual, teniendo en cuenta la metodología desarrollada por la Dirección de Regulación de Beneficios, Costos y Tarifas del Aseguramiento en Salud del ministerio. "
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