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Actualizado hace 6 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Laboral


Explican régimen normativo laboral de los servidores públicos territoriales (8:39 a.m.)

01 de Marzo de 2018

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Nota:
59993
El régimen que gobierna a los empleados públicos del orden territorial es el Decreto 1042 de 1978, pues si bien dicho precepto en principio rigió para los empleados de la Rama Ejecutiva del orden nacional, el artículo 2° de la Ley 27 de 1992 hizo extensivas a las entidades territoriales las disposiciones que regulan el régimen de administración de personal contenidas no solamente en él, sino en los decretos leyes 2400 y 3074 de 1978 y las leyes 13 de 1984 y 61 de 1987, recordó la Sección Segunda del Consejo de Estado. Bajo este contexto normativo, la jornada laboral ordinaria corresponde a 44 horas semanales, la jornada especial es de 12 horas diarias sin exceder 66 semanales y la jornada extraordinaria excede la ordinaria. Así las cosas, para el pago de dichas horas extras se deben cumplir los siguientes requisitos: (i) que el empleado pertenezca a los niveles técnico y asistencial; (ii) que el trabajo suplementario sea autorizado previamente mediante comunicación escrita; (iii) su remuneración se hará con recargo del 25 % (diurno) y del 75 % (nocturno); (iv) no se puede pagar en dinero más de 50 horas extras mensuales, entre otros elementos. Consulte en el documento adjunto el desarrollo de dichas disposiciones y su aplicación para los servidores públicos (C. P. Gabriel Valbuena Hernández).

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