Explican evolución del Sistema General de Riesgos Laborales (9:17 a.m.)
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22 de Enero de 2016
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El sistema previsto en la Ley 1562 del 2012 nació a la vida jurídica desde la Ley 90 de 1946, advirtió la Sala Laboral de la Corte Suprema. Según lo reseña la providencia, el Sistema de Riesgos Profesionales, como se denominó en la Ley 100 de 1993, buscó unificar e integrar la normativa preexistente que regulaba el sistema «ATEP» y que se encontraba regulada principalmente en los decretos 3169 de 1964 y 3224 de 1981, entre otros. Ese sistema se definió como un conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos que tienen la finalidad de prevenir, proteger y atender las consecuencias que se derivan de los riesgos profesionales, esto es, de los accidentes o enfermedades que pueden padecer las personas por causa u ocasión del trabajo o actividad desarrollada. El actual está diseñado para amparar las contingencias que se derivan de los accidentes de trabajo y de las enfermedades profesionales, diferentes a las de origen común, tienen fuentes de financiación distintas, pues la obligación de cotizar es exclusiva del empleador y rigen reglamentaciones diversas a las que regulan las contingencias de origen común, concluye la sentencia (M. P. Clara Cecilia Dueñas).
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