Explican cuándo se presenta el error de hecho en materia laboral (4:31 p.m.)
02 de Mayo de 2019
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Nota:
112121
La Corte Suprema de Justicia recordó que el error de hecho en materia laboral se presenta, según el caso, cuando el sentenciador hace decir al medio probatorio algo que ostensiblemente no indica o le niega la evidencia que tiene, o cuando deja de apreciarlo y por cualquiera de esos medios da demostrado un hecho sin estarlo, o no lo da por demostrado estándolo, con incidencia de ese yerro en la ley sustancial que de ese modo resulta infringida. Además, finaliza la providencia, para que se configure es indispensable que venga acompañado de las razones que lo demuestran y que su existencia aparezca notoria, protuberante y manifiesta (M. P. Ernesto Forero).
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