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Explican cómo debe ser la convivencia para aspirar a la pensión de sobrevivientes (11:29 a.m.)

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03 de Octubre de 2016

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La Sala Laboral de la Corte Suprema advirtió que la convivencia que debe demostrar quien aspire a ocupar el lugar del pensionado en la recepción de la prestación es la que exhiba condiciones de responsabilidad en el propósito de conformar una familia,  brindar acompañamiento espiritual, apoyo económico y vida en común. Para el alto tribunal, aun en estados de separación impuesta por la fuerza de las circunstancias, como podrían ser las exigencias laborales o imperativos legales o económicos, debe existir vocación de convivencia. Aquella, resaltó, es requisito de necesaria concurrencia para que pueda examinarse la  viabilidad de la prestación por muerte, dada la teleología del precepto en mención, que no es otra que amparar al grupo familiar del afiliado o pensionado que fallece (M. P. Luis Gabriel Miranda).

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