Explican aproximación de valores para efectuar descuentos de aportes a seguridad social (8:00 a.m.)
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13 de Abril de 2016
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De acuerdo con lo previsto en el artículo 10 del Decreto 1406 de 1999, sobre aproximación de valores al realizar el descuento al trabajador para hacer aportes a la seguridad social, el monto del ingreso base de cotización correspondiente a cada afiliado debe aproximarse al múltiplo de mil más cercano, y el valor de los aportes liquidados por cada afiliado e intereses al múltiplo de 100 más cercano. La fracción igual o menor a 500 y 50 se deducirá, recordó el Ministerio del Trabajo. Las inconsistencias que se generen dentro de los procesos de compensación que contempla el sistema de seguridad social en salud y que tengan origen en las aproximaciones de valores en mención no darán lugar a glosas por parte de las entidades encargadas de efectuarlas.
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