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Estos son los requisitos que debe cumplir el casacionista por la vía indirecta en materia laboral (2:10 p.m.)

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24 de Septiembre de 2018

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La Sala Laboral de Descongestión número 3 de la Corte Suprema de Justicia explicó en relación con los errores fácticos y con la apreciación probatoria que el hecho de que el casacionista no comparta la razonable estimación efectuada por el fallador a las pruebas existentes en el expediente no constituye necesariamente un yerro ostensible. Así, cuando la acusación se enderece formalmente por la vía indirecta le corresponde al censor cumplir los siguientes requisitos elementales: (i) precisar los errores fácticos los cuales deben ser evidentes; (ii) mencionar cuáles elementos de convicción no fueron apreciados por el juzgador y en cuáles cometió errónea estimación, demostrando en qué consistió esta última; (iii) explicar cómo la falta o la defectuosa valoración probatoria lo condujo a los desatinos que tienen esa calidad y (iv) determinar en forma clara lo que la prueba en verdad acredita (M. P. Jimena Isabel Godoy, magistrada de descongestión).

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