Estos son los elementos del régimen de trabajo asociado (1:56 p.m.)
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08 de Noviembre de 2018
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La asignación de funciones, jornadas, horarios de trabajo, turnos, así como la regulación de permisos, descansos, formas de ausencia temporal de trabajo y de las causales de sanciones y exclusiones no son extrañas a la dinámica del trabajo asociado, precisó la Sala Laboral No. 3 de la Corte Suprema de Justicia. Por el contrario, agrega, se encuentran expresamente permitidas y ordenadas por la legislación. Así las cosas, en el régimen de trabajo asociado se deben tener en cuenta (i) las condiciones o requisitos para desarrollar la labor o función, de conformidad con el objeto de la cooperativa; (ii) los aspectos generales en torno a la realización del trabajo; (iii) los derechos y deberes relativos a la relación del trabajo asociado; (iv) las causales y clases de sanciones (v) así como las disposiciones en materia de salud ocupacional y en prevención de riesgos laborales. Consulte en la sentencia el desarrollo de los demás requisitos (M. P. Ana María Muñoz).
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