Estos son los criterios que debe verificar un juez constitucional para conceder la sustitución pensional a un hijo de crianza (2:19 p.m)
01 de Septiembre de 2017
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Nota:
57125
La figura de la sustitución pensional (o la de pensión de sobrevivientes, de ser el caso) puede llegar a proceder en favor de los hijos de crianza en condiciones de igualdad a los hijos de las otras formas y tipologías de familia, siempre y cuando se den las condiciones para tal sustitución, así como algunos presupuestos que permitan entrever la existencia de una familia de crianza, recordó la Corte Constitucional. Frente a este último aspecto, resaltó que el juez constitucional, para reconocer esta prestación por vía de tutela, deberá verificar el cumplimiento de los presupuestos mancomunados que se encuentran en las familias de crianza, tales como la solidaridad; el reemplazo de la figura paterna o materna (o ambas); la dependencia económica; los vínculos de afecto, respeto, comprensión y protección; el reconocimiento de la relación; la existencia de un término razonable de relación afectiva y, por último, la afectación del principio de igualdad (M. P. Antonio José Lizarazo).
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