12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 2 minutes | ISSN: 2805-6396

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Estos son los ajustes que hace Minhacienda sobre el cálculo de la cobertura de la pensión mínima (3:52 p.m.)

22 de Septiembre de 2017

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Nota:
57176
Mediante la Resolución 3099 del 2015, el Ministerio de Hacienda estableció las fórmulas para calcular el capital necesario que debe acreditarse en una cuenta de ahorro individual para cubrir vitaliciamente una pensión mínima, en las modalidades de renta vitalicia y retiro programado, y el valor de la suma adicional a cargo de la aseguradora previsional que se requiere para financiar una pensión mínima de invalidez y sobrevivientes. Ahora, el ministerio considera necesario modificar dicha regulación. Así, adicionará el parágrafo 2° al artículo 1º, para incluir el procedimiento a seguir por las administradoras de fondos de pensiones para aplicar el saldo de pensión mínima y garantizar el acceso a la pensión mínima a aquellos afiliados que cumplan los requisitos de que trata el artículo 65 de la Ley 100 de 1993 (edad y semanas cotizadas), en aquellos casos en que el capital resulte insuficiente para financiar una pensión.

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