Estos requisitos deberán cumplir los fabricantes de antisépticos y desinfectantes de uso externo
30 de Marzo de 2020
El Ministerio de Salud, mediante Resolución 520, del 28 de marzo, estableció los requisitos sanitarios que deben ser tenidos en cuenta para la fabricación de antisépticos y desinfectantes de uso externo categorizados como medicamentos, para el uso durante la emergencia sanitaria del virus coronavirus (covid-19). Así, de acuerdo con la norma, (i) se debe presentar la solicitud de acuerdo con el formato establecido por el Invima; (ii) contar con autorización vigente otorgada por esta entidad para la fabricación de bebidas alcohólicas, productos fitoterapéuticos o cosméticos, en la línea de fabricación de líquidos o semisólidos, según corresponda; (iii) tener la fórmula cualicuantitativa del producto a fabricar y (iv) un boceto de etiquetas de envase y empaque (cuando aplique), con información relacionada con ingredientes activos, concentración, forma farmacéutica y vía de administración.
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