Esto precisa Mintrabajo sobre la aplicación en el tiempo de los decretos 488 y 500 del 2020
24 de Abril de 2020
Mediante la Circular 034 del 2020, el Ministerio del Trabajo señaló que las medidas tomadas en virtud de dichos decretos continuarán rigiendo mientras permanezcan los hechos dieron lugar a la emergencia. Por lo anterior, la cartera advirtió que no pueden ser negados los beneficios y prerrogativas en ellos contenidos; por su puesto, teniendo como base los requisitos y límites señalados en las normas. Igualmente, la entidad hace mención de los beneficios establecidos y que deben seguir vigentes mientras permanezca la declaratoria, entre ellos: retiros parciales de cesantías por disminución del ingreso mensual de los trabajadores y la destinación del 7 % de la cotización del Sistema de Seguridad Social en Riesgos Laborales para actividades de promoción y prevención.
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