Este es el Programa de prevención de accidentes mayores
29 de Octubre de 2021
El Ministerio del Trabajo acaba de adoptar el Programa de prevención de accidentes mayores (PPAM), para contribuir a incrementar los niveles de seguridad de las “instalaciones clasificadas” definidas en el mismo instrumento normativo y así proteger los trabajadores, la población, el ambiente y la infraestructura, mediante la gestión del riesgo.
Así, el articulado señala que serán consideradas como instalaciones clasificadas aquellas con presencia de sustancias químicas en cantidades que igualen o superen al menos uno de los umbrales definidos en el anexo 3 del capítulo denominado “Listado de sustancias químicas asociadas a accidentes mayores” o que, al aplicar la regla de la suma, definida en dicho listado, se obtenga un valor igual o mayor a uno.
Para la clasificación, el responsable deberá identificar las sustancias químicas presentes en la instalación usando primero el listado de estas, identificando con nombre y número CAS, tal como se establece en la parte 2 del anexo 3 y usar la cantidad umbral correspondiente cuando aplique. En caso de no encontrarse la sustancia, el responsable deberá buscar en el listado de peligros con base en su clasificación según el SGA y usar la respectiva cantidad umbral cuando aplique. Este mismo proceso se realizará para la aplicación de la regla de la suma.
Las instalaciones y actividades relacionadas a continuación serían excluidas de la aplicación de las disposiciones:
- Las instalaciones o zonas de almacenamiento militares.
- Las instalaciones nucleares y fábricas de tratamiento de sustancias radioactivas, a excepción de los sectores de dichas instalaciones en los que se manipulen sustancias no radioactivas.
- El transporte de sustancias peligrosas por: tuberías, carretera, ferrocarril, vía navegable interior o marítima y aérea, incluidas las actividades de carga y descarga. Excepto las instalaciones de bombeo, almacenamiento temporal, almacenamiento definitivo o trasiego que se regirán por los criterios de clasificación del artículo 2.2.4.12.3.
- La exploración y extracción de recursos minero-energéticos, excepto las instalaciones de beneficio o tratamiento posextracción que se regirán por los criterios de clasificación del artículo 2.2.4.12.3.
- Los rellenos sanitarios y rellenos o celdas de seguridad.
También hace referencia al listado de sustancias químicas asociadas a accidentes mayores y cantidades umbral y al intercambio de información relacionada con accidentes mayores que puedan tener impacto transfronterizo.
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