Establecen procedimiento para reportar información a Registro único de empleadores (9:54 a.m.)
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26 de Febrero de 2016
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Mediante la Resolución 0074, el Ejecutivo definió el formato para el reporte que deben realizar las cajas de compensación familiar a la Unidad Administrativa Especial del Servicio Público de Empleo (artículo 4° de la Resolución 939 del 2014). El reporte de información del Registro único de empleadores se realizará semestralmente con cortes a 31 de diciembre y 30 de junio de cada año. Cada corte semestral deberá ser enviado a la unidad durante los siguientes 30 días calendario.
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