Estabilidad laboral reforzada de embarazadas y lactantes se aplica autónomamente de la modalidad contractual (11:43 a.m.)
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27 de Marzo de 2018
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La estabilidad laboral reforzada de las mujeres gestantes y lactantes se aplica de manera autónoma a la modalidad de vínculo contractual que exista entre las partes, explicó la Corte Constitucional por medio de una sentencia de tutela. De ahí que para prodigar la protección constitucional por maternidad sea indistinto que se trate de un contrato laboral a término fijo, indefinido, por obra o labor determinada, o incluso de prestación de servicios. Por ello, la forma de vinculación es uno de los factores determinantes del alcance y el tipo de amparo. Finalmente, la corporación afirmó que el ordenamiento jurídico colombiano, los diversos instrumentos internacionales y la jurisprudencia de la Corte Constitucional han desarrollado medidas tendientes a impedir la discriminación de la mujer en embarazo o en lactancia. Y agregó que estas medidas buscan otorgarles herramientas para la protección de su derecho a la estabilidad laboral reforzada como una vía para asegurarles los ingresos económicos que le garanticen condiciones de vida dignas a ella y al que está por nacer o recién ha nacido. En la providencia adjunta a esta nota encontrara varias hipótesis según la clase del contrato laboral (M. P. José Fernando Reyes Cuartas)
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