Esta es la segunda versión del consentimiento informado para la realización de exámenes clínico forenses, valoraciones siquiátricas y otros procedimientos (8:00 a.m.)
09 de Octubre de 2017
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Nota:
57443
El Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses adoptó el formato de consentimiento informado para la realización de exámenes clínico forenses, valoraciones siquiátricas o sicológicas y otros procedimientos relacionados (segunda versión - V02), en idiomas español, inglés y dialecto wayúu. Quien deba realizar estos procedimientos y otros en los que deba hacerse extracción de sangre, toma de muestras de fluidos corporales, semen u otros análogos, explicará a la persona por examinar en qué consiste el procedimiento, su objetivo, la importancia para el proceso judicial o administrativo, las posibles implicaciones y el uso que podrá tener la información obtenida; así mismo, solicitará el consentimiento. Cuando dicha persona esté en condiciones de discapacidad mental o cognitiva, el consentimiento será solicitado a su representante legal. Si se trata de un niño o adolescente, la aprobación la darán sus padres, representantes legales o, en su defecto, el defensor de familia o la comisaría de familia y a falta de estos, el personero o el inspector de familia, de acuerdo con lo previsto en el numeral 8º del artículo 193 de la Ley 1098 del 2006.
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