Error de hecho requiere acreditar equivocación en valoración de medios de convicción e incidencia en la decisión (10:52 a.m.)
16 de Mayo de 2018
Reproducir
Nota:
60662
La Sala de Descongestión Laboral de la Corte Suprema de Justicia recordó que el error de hecho, motivo del recurso extraordinario de casación, requiere acreditar por parte del censor, de manera razonada, la concreta equivocación en que incurrió el operador judicial en el análisis y valoración de los medios de convicción. Además, requiere demostrar su incidencia en la decisión impugnada que lo llevó a dar por probado lo que no está demostrado y a negarle evidencia a lo que sí lo está. El fallo también indicó que estos yerros surgen a raíz de la equivocada valoración o falta de apreciación de la prueba calificada, que son, el documento auténtico, la confesión judicial y la inspección judicial, y agregó que respecto de otras pruebas no es posible realizar un estudio de fondo, a menos que se demuestre un error protuberante proveniente de alguna prueba apta en casación (M. P. Martín Emilio Beltrán Quintero, magistrado de descongestión).
Opina, Comenta