EPS se someterán a nuevas condiciones para informar a las autoridades sobre servicios negados a sus afiliados (4:40 p.m.)
13 de Abril de 2012
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Nota:
80297
Mediante la Resolución 744 del pasado 9 de abril, el Ministerio de Salud y Protección Social adoptó el nuevo registro de negación de servicios médicos, que las entidades promotoras de salud (EPS) de los regímenes contributivo y subsidiado y las demás entidades obligadas a compensar deberán remitirles mensualmente a la Superintendencia Nacional de Salud, a la Comisión de Regulación en Salud (Cres), a la Defensoría del Pueblo y a esa cartera. Quedó derogado el anterior reglamento (Resolución 163/11).
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