15 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 13 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Laboral


EPS deben asumir incapacidades superiores a 540 días, aun si la pérdida de capacidad laboral es inferior al 50 % (11:09 a.m)

31 de Agosto de 2017

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Nota:
57148
El déficit de protección legal que afrontaron los asegurados con incapacidades prolongadas por más de 540 días, ya sea porque no había sido calificado su porcentaje de pérdida de capacidad laboral o porque su disminución ocupacional es inferior al 50 %, fue superado a través del Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 (Ley 1753 del 2015), en tanto allí el legislador atribuyó el pago a las entidades promotoras de salud (EPS), advirtió la Corte Constitucional. Por consiguiente, en esta oportunidad ordenó al Ministerio de Salud y Protección Social que lleve a cabo la difusión, por el medio más expedito posible, de la presente posición jurisprudencial entre las entidades del Sistema General de Seguridad Social, para que, en adelante, apliquen estos criterios y no persista la desprotección de las personas que se encuentran en esta situación (M. P. Gloria Stella Ortiz).

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