Entrega de dotación deteriorada aumenta el riesgo de daño sobre el trabajador (9:25 a.m.)
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15 de Agosto de 2019
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El artículo 230 del Código Sustantivo del Trabajo dispone que todo empleador o contratante que habitualmente ocupe uno o más trabajadores permanentes deberá suministrar cada cuatro meses, en forma gratuita, un par de zapatos y un vestido de labor al trabajador cuya remuneración mensual sea hasta dos veces el salario mínimo mensual legal vigente, recordó el Ministerio del Trabajo. La entrega de dotación deteriorada aumenta el riesgo de daño sobre el trabajador y, en ese sentido, lo ubica en posición de manifestar su voluntad de usar sus propios implementos, considerando el peligro que puede representar para su integridad aquellos elementos que le son entregados por el empleador. No obstante, los trabajadores que deciden usar su propia dotación, con ocasión del estado malogrado de los implementos suministrados por el contratante o empleador, pueden solicitar al juez el pago de los mismos, ya que el aumento en el riesgo estimulado por el empleador no puede interpretarse como un rechazo voluntario del trabajador frente a la dotación.
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