Entrega de dineros sin juicio de sucesión no aplica a fondos de pensiones voluntarias (2:15 p.m.)
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17 de Julio de 2019
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Teniendo en cuenta la modificación introducida por la Ley 1555 del 2012 al numeral 7º del artículo 127 del Decreto Ley 663 de 1993 (Estatuto Orgánico del Sistema Financiero), actualmente vigente, el legislador extendió expresamente el beneficio de entrega de dinero sin juicio de sucesión a cualquier otro depósito y a los nuevos desarrollos ofrecidos por los establecimientos de crédito, es decir, no aplica a los recursos depositados en fondos de pensiones voluntarias administrados por las sociedades administradoras de fondos de pensiones y cesantías (AFPC). La Superintendencia Financiera recordó que no es posible extender el alcance de la norma por vía de interpretación a situaciones distintas de las previstas por el legislador, consideración que se ajusta al principio de hermenéutica jurídica desarrollado por las altas cortes.
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