En la sanción moratoria no es un requisito la demostración de la buena o mala fe del empleador estatal (11:54 a.m.)
17 de Mayo de 2019
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Nota:
111831
Una providencia de la Sección Segunda del Consejo de Estado concluye que en lo relacionado con la sanción moratoria, por la no consignación oportuna de las cesantías anualizadas, no se encuentra condicionada a demostrar la mala fe del empleador estatal. Ello, agrega la providencia, por cuanto la sanción se origina por la sola mora en la consignación de las cesantías anualizadas al fondo de cesantías elegido por el empleado. Encuentre la aplicación de esta tesis en la resolución del caso concreto objeto de estudio (C.P. Sandra Lisset Ibarra).
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