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16 de Mayo de 2024 /
Actualizado hace 38 minutos | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Laboral


En estos eventos se presenta un fraude global relacionado con la pensión gracia

10 de Junio de 2021

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Nota:
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Según el artículo 83 de la Constitución Política, las actuaciones de los particulares y de las autoridades públicas deberán ceñirse a los postulados de la buena fe, la cual se presumirá en todas las gestiones que aquellos adelanten ante estas. Acorde con ello, la Sección Segunda del Consejo de Estado precisó que este criterio prevalece y busca proteger a los particulares que, de buena fe, han percibido prestaciones periódicas como consecuencia de decisiones tomadas de manera errónea por la Administración. Pese a ello, aclaró que tal postulado no tiene cabida en los casos en los cuales se dieron una serie de dudosas actuaciones de tipo global para obtener el reconocimiento de la pensión gracia. Entonces, indicó que se presenta un fraude global cuando: (i) la entidad de previsión social haya negado el reconocimiento de la pensión gracia por cuanto cuando luego de la negativa prestacional por parte de la entidad de previsión social el docente acuda a través del ejercicio de la acción de tutela en un lugar apartado de su domicilio, del último lugar de prestación de servicios o (ii) del lugar de expedición de los actos administrativos previos, pues tales situaciones ponen en entredicho la buena fe de su actuar (C. P. Rafael Francisco Suárez Vargas).

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