15 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 7 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Laboral


En este evento de contrato realidad procede la pensión sanción (2:33 p.m.)

24 de Octubre de 2018

Reproducir
Nota:
109023
Para evitar que los empleadores utilicen su poder para distorsionar la existencia del contrato de trabajo es que se ha instituido la teoría del contrato realidad y la presunción contenida en el artículo 24 del Código Sustantivo del Trabajo, explica la Sala Laboral de Descongestión No. 3 de la Corte Suprema de Justicia. En efecto, acogiendo los argumentos del ad quem, explicó que entre la actora y la demandada existió un contrato de trabajo y no una relación de carácter comercial, conclusión que resultó por las funciones y la jornada laboral que cumplía, junto con la propiedad de los elementos de trabajo, así como el ejercicio de subordinación por el gerente y el supervisor de la empresa. Además, en instancia se confirmó la pensión sanción, procedente cuando no se tiene la condición de afiliado a la seguridad social en pensiones pero se cumplen más de 10 años de antigüedad y se despide al trabajador sin justa causa. (M. P. Jorge Prada Sánchez).

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)