¿En cuál momento debe reconocerse la pensión especial de vejez? (12:53 p.m.)
21 de Mayo de 2019
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Nota:
111777
En relación con el disfrute de la pensión especial de vejez, la Corte Suprema de Justicia precisó que, conforme a los artículos 13 y 35 del Acuerdo 049 de 1990, se requiere la desvinculación formal del sistema general de pensiones. No obstante, aclara la providencia, ante situaciones particulares y excepcionales, que deben verificar los jueces en su labor de impartir justicia, es necesario acudir a soluciones diferentes, razón por la cual, para tales efectos, la jurisprudencia laboral ha definido fechas anteriores a las del retiro del sistema (C. P. Clara Cecilia Dueñas).
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