Pasar al contenido principal
05 de Mayo de 2024 /
Actualizado hace 19 horas | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Laboral


Empieza a abrirse paso reforma a recargos nocturnos, dominicales y festivos

11 de Agosto de 2022

Reproducir
Nota:
147888
Imagen
trabajadores-fabrica-mujerfreepik.jpg

Al inicio de esta semana, la ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, sacudió la agenda noticiosa al anunciar su intención de eliminar la jornada diurna hasta las 10:00 p. m., para que se pague recargo nocturno desde las 6:00 p. m.

En el contexto de este anuncio, miembros de la bancada del Partido Liberal radicaron en las últimas horas un proyecto de ley con el cual pretenden que la jornada nocturna inicie a las 6 de la tarde.

¿Cuál es la legislación vigente?

El Código Sustantivo del Trabajo establece que el trabajo ordinario es el que se realiza entre las 6:00 a. m. y 9:00 p. m. En consecuencia, el trabajo nocturno va de las 9:00 p. m. y hasta las 6:00 a. m.

Por otro lado, el trabajo en domingos y festivos se remunera con un recargo del 75 % sobre el salario ordinario, en proporción a las horas laboradas.

Debe recordarse que la Ley 789 establecía que la jornada diurna iba hasta las 10 de la noche, pero fue modificada por la Ley 1846/17 y ahora desde las 9 de la noche aplica la jornada nocturna.

De acuerdo con los liberales, su proyecto busca reformar la Ley 789/02 para que los recargos nocturnos se vuelvan a aplicar desde las 6:00 p. m.

Así mismo, plantean que el pago de dominicales y festivos se remunere con un recargo del 100 % sobre el salario ordinario en proporción a las horas laboradas.

 

 

Proyecto Comunes

 

La propuesta radicada por el Partido Comunes plantea la misma modificación en cuanto a la jornada laboral, aunque plantea otros valores en lo referente a la remuneración del trabajo nocturno y suplementario:

  • El trabajo nocturno se remuneraría con un recargo del 35 % sobre el valor del trabajo diurno.
  • El trabajo extra diurno se remuneraría con un recargo del 25 % sobre el valor del trabajo ordinario diurno.
  • El trabajo extra nocturno se remuneraría con un recargo del 75 % sobre el valor del trabajo ordinario diurno.
  • Los trabajadores en la modalidad de contratación de libre nombramiento y remoción, cargos de administración y confianza que devenguen hasta tres salarios mínimos legales mensuales vigentes tendrían derecho a un recargo sobre el 10 % del valor ordinario en sus horas extras laboradas. 

No está claro si el Gobierno respaldará alguna de estas propuestas, pero el ambiente está dado para un cambio en el tema de lo que los colombianos conocen como el pago de las horas extras. (Lea: Se deben desmantelar las nóminas paralelas en las entidades públicas: Gustavo Petro)

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)