El reconocimiento de la prima técnica solo cubre a funcionarios y empleados del orden nacional (10:47 a.m.)
05 de Enero de 2016
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Nota:
106215
La jurisprudencia del Consejo de Estado desde 1998 declaró con efectos ex tunc la nulidad del artículo 13 del Decreto 2164 de 1991, que reconocía la posibilidad de acceder a la prima técnica a funcionarios y empleados en las entidades territoriales y entes descentralizados. La alta corporación recordó este precedente en el estudio de un caso que pretendía el reconocimiento de dicho incentivo a través de recurso de apelación. En la providencia, se reiteró que se ha determinado que esta condición no concierne al orden regional, sino nacional, por cuanto, usando como referencia la sentencia de la Corte Constitucional C-402 del 2013, el Gobierno Nacional no puede extender el campo de regulación al régimen salarial de los servidores públicos de la Rama Ejecutiva del nivel territorial, por el grado de autonomía que gozan las entidades territoriales de fijación de escalas salariales y los emolumentos de los cargos adscritos a ella (C. P.: Sandra Lisset Ibarra Vélez).
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