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¿El plazo para denunciar la convención colectiva de trabajo se cuenta en días hábiles? (9:32 a.m.)

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15 de Abril de 2019

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Los 60 días previstos para denunciar la convención colectiva (que a su vez habilita la presentación del respectivo pliego de peticiones) corren ininterrumpidamente, teniendo en cuenta que están ligados a la vigencia de tal convención, explica una Sala Laboral de Descongestión de la Corte Suprema de Justicia. Así, no hay razón para considerar que el citado plazo haga referencia a días hábiles, pues la Ley 4ª de 1913 establece la regla general y como esta disposición es específica no procede la interpretación supletoria sobre algún vacío o laguna. En ese orden, la denuncia no se puede intentar extemporáneamente so pena de ineficacia (M. P. Martín Emilio Beltrán- Sala Descongestión).

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