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Disfrute de pensión de vejez está condicionado, en principio, a desafiliación formal del sistema (1:53 p.m.)

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05 de Marzo de 2020

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La Sala Laboral de Descongestión de la Corte Suprema de Justicia recordó que el disfrute de la pensión de vejez está condicionado, en principio, a la desafiliación formal del sistema, lo que consecuencialmente indica que mientras no exista esa desvinculación el pensionado no puede recibir el importe de la mesada. Sumado a ello, indicó que esta situación no tiene cabida cuando se trata del reajuste de una pensión ya reconocida, pero sí cuando se solicita el reconocimiento de una pensión de vejez desde una fecha anterior a la desafiliación y posterior a la estructuración de la pensión. Sin embargo, la Sala explicó que esta distinción es irrelevante, puesto que en cualquier caso se necesita la desafiliación para entrar a disfrutar este derecho (M. P. Omar de Jesús Restrepo Ochoa, magistrado de descongestión).

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