Desvinculación del servicio es requisito para disfrutar pensión de vejez (2:45 p.m.)
05 de Febrero de 2020
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Nota:
115275
Una sala de descongestión de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia recordó que, en el caso de los servidores públicos, la desvinculación del servicio es requisito para empezar a disfrutar de la pensión de vejez. Además, reiteró que, conforme con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley 344 de 1996, no es viable percibir simultáneamente ingresos a título de salario y pensión, sino que la persona que se encuentre ante esa disyuntiva debe optar por uno de los derechos, en la medida en que debe prevalecer la racionalización del gasto público (M. P. Ana María Muñoz, magistrada de descongestión).
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