Desobedecer órdenes preventivas de accidentes laborales podría dar lugar a terminar el contrato por justa causa (3:30 p.m.)
23 de Julio de 2019
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Nota:
121445
De acuerdo con lo previsto en el artículo 58 del Código Sustantivo del Trabajo, sobre obligaciones especiales del empleador, este debe velar por la protección y seguridad de sus trabajadores y, en ese sentido, impartir órdenes e instrucciones preventivas de accidentes laborales, las cuales deben ser observadas con suma diligencia y cuidado por los trabajadores, indicó el Ministerio del Trabajo. No obedecer dichas órdenes e instrucciones, siempre que no se afecte el honor, la dignidad y los derechos del trabajador, podría generar una justa causa de terminación del contrato laboral, en los términos del artículo 62.
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